Cuánto cuesta hacerse autónomo por primera vez
AUTÓNOMOSCuando te surge la posibilidad de empezar a trabajar como autónomo es complicado hacer un cálculo de cuanto te va a costar, qué necesitas y cuánto dinero te va a quedar al final de mes.
ÍNDICE DE CONTENIDOS
En muchas ocasiones, nos damos de alta en el régimen de autónomos porque nos surge una oportunidad con un solo cliente. Si no tienes claro los ingresos y gastos no sabrás si te interesa aceptar ese trabajo o esperar a una oportunidad mejor. Para saber si compensa aceptar el trabajo o no, tenemos que realizar una estimación de ingresos y gastos. Esto en muchas ocasiones es conveniente que lo realice una persona que esté familiarizada con la realización de estudios de viabilidad y planes de empresa ya que hay muchas variables que debemos tener en cuenta a la hora de emprender un negocio como autónomo. Si hacemos un plan de viabilidad o un plan de empresa podemos llegar a estimar los ingresos y los gastos que vamos a tener. Esto es fundamental para saber la previsión de beneficio neto. Vamos, el dinerito que nos va a quedar.
Para conocer con mayor profundidad los pasos necesarios, recomendamos la lectura de: cómo montar tu negocio como autónomo.
En la primera parte de este artículo vamos a explicar cada impuesto que pagamos como autónomos, así como las cuotas de seguridad social. Lo vamos a hacer de una forma simplificada con el propósito de que se entiendan los ingresos y los gastos que vamos a tener. Analizaremos principalmente el pago y presentación de las cuotas a la seguridad y los pagos y retenciones frente a la Hacienda Pública.
Para que las personas que no estén familiarizadas con el mundo autónomo lo entiendan más fácilmente, haremos un ejemplo práctico muy simple, donde podamos ver los flujos de caja (el dinero que vas a tener en cada momento) y los pagos que tendrás que hacer de impuestos y seguridad social.
Cotizaciones a la Seguridad Social
Para comenzar tu actividad como autónomo deberás darte de alta en la Seguridad Social en el régimen de trabajadores autónomos (RETA). Si nunca has estado de alta en autónomos puedes optar por pagar una tarifa plana de 60 € (720 € al año). Si ya has sido autónomo alguna vez y no te puedes acoger a la tarifa plana, la cuota mínima será de 289 € al mes (3.468 € al año). La cuota a pagar es el resultado de multiplicar el tipo de cotización por la base de cotización mínima. Los tipos de cotización actuales están establecidos por la siguiente tabla.
Tipo de contingencias comunes | 28,30% |
Tipo contingencias profesionales | 1,30% |
Tipo Cese de actividad | 0,90% |
Tipo Formación profesional | 0,10% |
Total |
30,60% |
El porcentaje total a pagar será de 30,60% sobre la base de cotización.
Si pagamos la cuota mínima, significa que vamos a cotizar por lo mínimo, esto lo debemos tener en cuenta ya que afecta a la jubilación o a las bajas por enfermedad o accidente. Todas las prestaciones las cobraremos sobre esa base. La base de cotización mínima para 2021 es de 944,40 €/ mes y por eso aplicando los tipos de cotización nos da como resultado una cuota mínima de 289 €.
Actualización: a partir del 1 de Enero de 2023 entra en vigor el nuevo sistema de cotización para trabajadores autónomos.
Impuestos a Hacienda (AEAT)
Además de darnos de alta en la Seguridad Social, para convertirnos en autónomos tenemos que darnos de alta en Hacienda. Una vez que estamos dados de alta tenemos que cumplir una serie de obligaciones, presentando y pagando impuestos periódicamente. Mas gastos y rompeduras de cabeza.
A continuación, vamos a explicar los principales impuestos que tienen que pagar los trabajadores por cuenta propia a la Agencia Tributaria.
Declaración de la Renta de las personas físicas.
En la declaración de la renta de las personas físicas (la renta de todos los años) tienes que incluir el resultado económico de tu trabajo, aunque como veremos a continuación se nos retendrá parte de este impuesto en cada factura.
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Retención a cargo de la AEAT
No todos los autónomos tienen que practicar retención a sus facturas, ya que si eres autónomo que desarrollas una actividad empresarial no lo tendrás que hacer de esta forma.
Si desarrollas una actividad empresarial, cada tres meses tienes que efectuar el pago a cuenta de I.R.P.F. Deberás realizar un pago a cuenta trimestral del 20% de la diferencia entre los ingresos y los gastos. Es un impuesto acumulativo, por lo que el segundo trimestre tiene en cuenta los datos del primer trimestre, y así sucesivamente. En este caso en tus facturas no tendrás que retener cantidad alguna para Hacienda.
Para definir si eres un autónomo profesional o un autónomo empresarial y saber como debes hacer tus facturas debes saber en que epígrafe del IAE estas dado de alta. Si estas dado de alta en la sección uno del listado del IAE tu actividad será empresarial y si estas dado de alta en la sección 2 tu actividad será profesional.
En las facturas de autónomos profesionales siempre que emitan facturas para otros profesionales o empresarios, debe aplicarse una retención, que normalmente es del 15% en sus facturas. Por esto tenemos que saber que de una factura de 1.000 €, nuestros clientes nos deberán retener un 15%, por lo que el dinero que entrará en nuestro bolsillo será de 850 €. Esta retención puede ser reducida durante el primer año que curses el alta y en los dos años siguientes aplicándose un 7% sobre las facturas.
Esta retención es un cargo a cuenta de la declaración de la renta que retiene el cliente y se lo paga a la Hacienda Pública. De esta forma, todos estos cargos reducirán el importe a pagar en la renta.
Presentación y pago del IVA
Los autónomos (y muchas empresas) tienen que presentar el modelo 303 o declaración trimestral de IVA. Mediante la presentación y pagos trimestrales, los autónomos tendrán que devolver el IVA que sus clientes le pagan en las facturas. Lo habitual es un 21% del importe de la factura.
El IVA es un impuesto que paga el consumidor final. Cuando hacemos una factura a un cliente, le aplicamos un 21% de IVA y el cliente nos ingresa ese dinero. Pero ese dinero no es nuestro, no lo podemos olvidar.
El resultado de la declaración trimestral del IVA será la diferencia entre el IVA soportado y el IVA repercutido. Esto quiere decir que si hemos pagado IVA directamente relacionados con nuestra actividad como autónomo no lo tenemos que pagar y se resta al pagado por nuestros clientes. Por eso es importante que tengamos muy claro los gastos que podemos imputar como deducibles para las declaraciones trimestrales de IVA.
Volviendo al caso anterior, de la factura de 1.000 € al aplicar el IVA el cliente pagará 1.210 €, pero esos 210 € debes guárdalos para pagarlos en la declaración trimestral de IVA.
Asesoría fiscal y contable
A muchas personas les gusta llevar ellas mismas los trámites con la administración púbica, pero la mayoría termina acudiendo a asesores para evitar el engorro de estar al día de la legislación fiscal para poder cumplir todos los procesos administrativos correctamente. Estos gastos pueden suponer entre unos 200 € al mes en asesorías tradicionales, hasta los 30 € en algunas asesorías online.
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Ejemplo simplificado de cuánto paga un autónomo
Proponemos un ejemplo de una diseñadora gráfica (llamémosle Ana) que trabaja para una agencia y gana 30.000 euros al año como trabajadora por cuenta ajena. Su sueldo neto calculado sería de unos 23.000 euros al año con una retención de 16,46%.
Dos de sus clientes le ofrecen trabajo como autónoma ya que están muy contentos con ella, pero no tanto con la agencia en la que trabaja.
Después de varias reuniones con sus clientes, le ofrecen 2.000 euros al mes cada uno y se comprometen con un contrato de prestación de servicios de un año.
Para poder realizar los cálculos, nuestra amiga Ana, tiene que tener en cuenta todos los ingresos y los gastos para saber si le compensa dejar su trabajo actual. En un primer momento Ana cree que va a ganar 4.000 euros al mes que es bastante más de lo que gana en su empresa.
Ahora vamos a hacer los cálculos.
- Seguridad Social. Por ser la primera vez que trabaja de forma autónoma va a pagar una tarifa plana de 60 € al mes. 720 € al año.
- IVA. Cada trimestre Ana va a tener que pagar 2.520 €, por lo que va a tener que llevar un control de sus finanzas o contratar a una asesoría. Este dinero se lo habrán ingresado sus clientes en cada factura y lo tendremos que devolver a hacienda en el trimestre.
- Retenciones IRPF. Cada mes a Ana sus clientes le retendrán un 15% de cargos a cuenta para la declaración de la renta. Esto supone 600 € cada mes. Anualmente se retendrá 7.200 €.
El resultado en neto sería que Ana va a cobrar 48.000 € al año a lo que habría que restarle 8.640 € ( cuota SS+retención) lo que nos da un neto de 39.369 €, al mes 3.280 €.
De esta forma vemos que Ana va a tener todos los meses estos ingresos y estos gastos:
Ana cobrará 4.240 € todos los meses una factura como esta:
Subtotal | 4.000 |
IVA | 840 |
Retención | -600 |
Total | 4.240 € |
De estos 4.240 €, 840 son IVA que le retenemos a nuestro cliente y que tendremos que devolver a hacienda en el trimestre. En abril Ana tendrá que pagar a hacienda 2.520 € por el IVA retenido a nuestros clientes. Esto es importante entenderlo para no disponer de dinero que deberás pagar a hacienda.
Nos parece importante recordar que el ejemplo que hemos puesto es muy simplificado, ya que para hacer un plan de viabilidad se deben tener en cuenta muchas más variables. Lo mejor es contar con el asesoramiento de un profesional que nos ayude a valorar nuestras opciones.
Esperamos que te haya aclarado este tema. Si tienes claro que quieres empezar a trabajar como autónomo no dudes en contactar con nosotros para asesorarte sobre los primeros pasos y las posibles ayudas.